Sociedad Profesionales

Es aquel tipo de sociedad que se constituye para el ejercicio en común de una actividad profesional.

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Es “actividad profesional”:

  • la que necesita titulación universitaria oficial o profesional para realizarla, e
  • inscripción en el correspondiente colegio profesional.

Hay “ejercicio en común” cuando:

  • los actos propios de una actividad profesional son ejecutados directamente bajo la razón o denominación social,
  • los derechos y obligaciones de la actividad se atribuyan a la sociedad, y
  • la sociedad sea la titular de la relación jurídica con el cliente.