Sociedad Anónima (SA)

Sociedad de carácter mercantil en la cual el capital social, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios, los cuales no responden personalmente de las deudas sociales.

Banner forma jurídica

Número de Socios:

  • Mínimo 1

Responsabilidad:

  • Limitada al capital aportado

Capital:

  • Mínimo 60.000 €

Fiscalidad:

  • Impuesto sobre Sociedades

Trámites para la constitución:

  • Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad, a instancia de uno de los socios. Esta certificación tiene una vigencia de tres meses, renovable por el mismo plazo.
  • Agencia Tributaria: Solicitud del Número de Identificación Fiscal provisional, antes de realizar cualquier entrega, prestación o adquisición de bienes o servicios, percepción de cobros o abono de pagos, o contratación de personal laboral.
  • Notaría: Firma de la escritura de constitución de la sociedad, en un plazo de seis meses desde la expedición de la certificación negativa de la denominación social.
  • Consejería de Hacienda de las CC.AA.: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD), en el plazo de un mes desde el otorgamiento de la escritura pública.
  • Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa, dentro del plazo de un mes siguiente al otorgamiento de la escritura pública.
  • Agencia Tributaria: Solicitud del Número de Identificación Fiscal (NIF) definitivo, dentro del mes siguiente a la fecha de constitución de la sociedad siempre antes de realizar cualquier entrega, prestación o adquisición de bienes o servicios, percepción de cobros o abono de pagos, o contratación de personal laboral.

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