Las Comisiones Informativas de carácter permanente, incluida la Comisión Especial de Cuentas, tendrán la siguiente composición:
- PRESIDENTE: Presidente delegado
- TRECE VOCALES, de los cuales CINCO serán designados por el Grupo municipal Socialista (PSOE), CUATRO por el Grupo Popular (PP) y DOS Ciudadanos (Cs) y UNO por CADA UNO DE LOS GRUPOS RESTANTES: Izquierda Unida (IU) y PODEMOS-EQUO
- SECRETARIO: Secretario delegado
En cuanto a la COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS, serán miembros de la misma los componentes de la Comisión Informativa de Hacienda y Patrimonio.
El Alcalde, Presidente nato de todas las Comisiones, delegará la Presidencia efectiva de las mismas en uno de sus miembros.
Se mantienen las Secretarias-delegadas de las Comisiones Informativas en los funcionarios que venían desempeñando estas tareas en la actualidad.
De conformidad con el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia
SECCIÓN 6ª. LAS COMISIONES INFORMATIVAS DE PLENO.
Artículo 45.- Denominación y materias de las Comisiones.
1. Para la organización de su trabajo y el mejor ejercicio de sus atribuciones, el Ayuntamiento Pleno dispondrá de las siguientes Comisiones que serán ordinarias o de cometidos especiales.
Las Comisiones ordinarias coincidirán con las grandes Áreas en que se organice el Ayuntamiento:
COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO, que conocerá de las siguientes materias: Empleo, Economía, Presupuestos, Contabilidad, Tesorería, Tributos, Recaudación, Inspección, Fiscalización y Patrimonio.
COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, que conocerá de las siguientes materias: Urbanismo; Ordenación de Territorio; Infraestructuras y dotaciones públicas; Medio Ambiente; Servicios; Tráfico; Transportes; Policía Local; Protección Civil; Contratación relativa a las materias competencia de la Comisión
COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL, que conocerá de las siguientes materias: Empleados municipales, Administración Territorial, Relaciones Institucionales, Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonial, Estadística, Nuevas Tecnologías, Archivo y Padrón.
COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES Y TURISMO Y PATRIMONIO HISTÓRICO, que conocerá de las siguientes materias: Educación, Centros Escolares, Promoción Cultural, Deportes, Juventud, Turismo y Patrimonio Histórico, Festejos Populares.
COMISIÓN DE SERVICIOS SOCIALES, que conocerá de las siguientes materias: Salud Pública, Sanidad, Consumo y Acción Social.
COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, que conocerá de las materias relacionadas con la información, atención y participación ciudadana, asignadas a la Concejalía de Participación ciudadana:
El Pleno con ocasión de la constitución o en cualquier momento, podrá modificar la estructura, atribuciones y denominación de las Comisiones ordinarias por acuerdo de pleno adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
2. Sin perjuicio de las que puedan constituirse para cometidos concretos por acuerdo del Pleno Municipal, son Comisiones Especiales preceptivas:
- La Comisión Especial de Cuentas, con la composición y cometidos que dispone el artículo 193 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.